En un fallo dado a conocer este martes, el máximo tribunal le solicitó al juez Edmundo Carbone que fije un tiempo “razonable” para pronunciarse sobre el artículo 161 de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual, que establece la desmonopolización de los medios en el plazo de un año.
El caso había llegado a la Corte Suprema de Justicia con un recurso extraordinario presentado por el Gobierno nacional, en el que se cuestionaba la medida cautelar dictada por Carbone a favor del Grupo Clarín.
A partir del pronunciamiento del máximo tribunal, si el juez de primera instancia no impone un plazo límite de vigencia de la cautelar, lo podrá solicitar el Estado.
"Si la sentencia en la acción de fondo demorara un tiempo excesivo, se permitiría a la actora excepcionarse por el simple transcurso del tiempo de la aplicación del régimen impugnado, obteniendo de esta forma por vía del pronunciamiento cautelar, un resultado análogo al que se lograría en caso de que acogiera favorablemente su pretensión sustancial en autos ", afirma el fallo.
Además, la Corte aclaró que la medida cautelar "no afecta de ningún modo la aplicación general de la ley”, ratificando así la plena vigencia de la norma aprobada por el Congreso en octubre de 2009 y reglamentada por el Ejecutivo el 31 de agosto pasado.
La Corriente por una Comunicación Nacional y Popular llama a toda la sociedad a seguir defendiendo enérgicamente la ley de la democracia porque no habrá recuperación de la palabra y verdadera libertad de expresión hasta que los monopolios se ajusten a Derecho.
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